Obtención o renovación de la carta de artesano/a

Obtención o renovación de la carta de artesano/a

 

Objeto

Los artesanos y las artesanas que cumplan los requisitos que se señalan a continuación podrán solicitar a la Dirección Xeral de Comercio e Consumo de la Vicepresidencia segunda e Consellería de Economía, Empresa e Innovación la inscripción en el Registro General de Artesanía de Galicia. La concesión de la carta de artesano/a es por un período de cinco años y se puede renovar con la presentación de una nueva solicitud.

 

Requisitos

Los que se recogen en el artículo 12 del Decreto 218/2001, de 7 de septiembre, por la que se refunde la normativa vigente en materia de artesanía.

  1. Haber superado cursos en centros de enseñanza que impartan formación artesana con una duración mínima de 500 horas.
  2. Haber trabajado en un taller artesanal, debidamente inscrito, bajo la dirección de un maestro artesano, reconocido cómo tal por la consellería competente en materia de artesanía, con una asistencia mínima de 500 horas.
  3. Ejercer una actividad artesanal que suponga la creación, producción, restauración o reparación de bienes de valor artístico o popular, así como la prestación de servicios, siempre que éstos se presten u obtengan mediante procesos en los que la intervención personal constituye un factor predominante y el producto final sea de factura individualizada y distinta de la propiamente industrial, tal y como se establece en el artículo 2, apartado 1º, de la Ley 1/1992, de 11 de marzo, de Artesanía de Galicia. (Esto puede ser acreditado por una asociación profesional de artesanos). 

 

Normativa autonómica

Documentación

  • Solicitud normalizada.
  • Copia del DNI o NIE de la persona solicitante, solo en el caso de denegar expresamente su consulta.
  • Certificado de residencia de la persona solicitante, solo en el caso de denegar expresamente su consulta.
  • Memoria de las actividades profesionales realizadas. La memoria deberá explicar tanto las materias primas que emplea como la metodología de fabricación de sus obras (herramientas utilizadas y proceso de elaboración), todo acompañado de ejemplos de tipo gráfico (dibujos o fotografías). Máximo 6 folios.
  • Certificado o documento acreditativo de alguno de los requisitos que se recogen en el artículo 12 del Decreto 218/2001, de 7 de septiembre, por lo que se refunde la normativa vigente en materia de artesanía.

 

Solicitud

Plazo de resolución: 6 meses

 

Información

Vicepresidencia segunda e Consellería de Economía, Empresa e Innovación
Dirección Xeral de Comercio e Consumo
Edificio Administrativo San Caetano
15781 Santiago de Compostela
Teléfono: 981 545 591
Fax: 981 545 541
cei.dxcomercio@xunta.gal