Obtención o renovación de la calificación de taller artesanal
- Formulario de solicitud telemática
- Formulario de solicitud presencial
- Solicitud de cita previa en los registros de la Xunta para entregar el modelo presencial
Objeto
Si usted está en posesión de la carta de artesano/a y está dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) podrá obtener la calificación de taller artesanal presentando la correspondiente solicitud a la Dirección Xeral de Comercio e Consumo de la Vicepresidencia segunda e Consellería de Economía, Empresa e Innovación. Este documento será expedido por la Comisión Gallega de Artesanía y una vez obtenida la calificación de taller artesanal se procederá a la inscripción en el Registro General de Artesanía de Galicia. Beneficiarios/as: artesanos y artesanas. La concesión de la acreditación como taller artesanal es por un período de cinco años y se puede renovar con la presentación de una nueva solicitud.
Normativa autonómica
- Ley 1/1992 del 11 marzo de Artesanía de Galicia
- Decreto 218/2001, del 7 septiembre, por lo que se refunde la normativa vigente en materia de artesanía
- Orden de 2 de junio de 2014 por la que se revisa la relación de actividades artesanas recogidas en el anexo IV del Decreto 218/2001, de 7 de septiembre , por lo que se refunde la normativa vigente en materia de artesanía
- Orden de 1 de febrero de 2017 por la que se actualizan los procedimientos y los formularios normalizados para la obtención de la carta de artesano y la calificación de taller artesano
Documentación
- Solicitud normalizada
- Copia del DNI o NIE de la persona solicitante, solo en el caso de denegar expresamente su consulta.
- Certificado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), solo en el caso de denegar expresamente su consulta.
- Copia del NIF de persona jurídica, solo en el caso de denegar expresamente su consulta.
- Relación por categorías de los trabajadores del taller, solo en el caso de personas jurídicas.
- Las entidades cooperativas o asociativas reguladas en la Ley de Artesanía de Galicia, que comercialicen la producción de sus socios o asociados aportarán, además, la certificación o documento acreditativo de su constitución legal, estatutos y relación de los socios que la componen.
Solicitud
Plazo de resolución: 6 meses
Información
Vicepresidencia segunda e Consellería de Economía, Empresa e Innovación
Dirección Xeral de Comercio e Consumo
Edificio Administrativo San Caetano
15781 Santiago de Compostela
Teléfono: 981 545 591
Fax: 981 545 541
cei.dxcomercio@xunta.gal